Tribunal Inconstitucional
El Tribunal Constitucional acaba de transgredir la Constitución en el caso de la Ministra Allende. Les pido la máxima difusión para que esto pueda llegar a los señores diputados.
El hecho
La Ministra celebró un contrato de compraventa con el Estado. Los diputados reclamaron ante el TC y éste se excusó de conocer el asunto por «falta de sanción». Esos son los hechos.
El derecho
El artículo 76 inciso segundo de la Constitución señala que:
«Reclamada su intervención en forma legal y en negocios de su competencia, los tribunales no podrán excusarse de ejercer su autoridad, ni aun por falta de ley que resuelva la contienda o asunto sometidos a su decisión».
¿Los diputados reclamaron en forma legal al TC y el asunto era de su competencia? La respuesta es sí, pues los diputados cumplieron con los requisitos al juntar las firmas, y el asunto es de competencia del TC de acuerdo al artículo 93 N° 13 que señala:
Son atribuciones del Tribunal Constitucional:
13º.- Resolver sobre las inhabilidades constitucionales o legales que afecten a una persona para ser designada Ministro de Estado, permanecer en dicho cargo o desempeñar simultáneamente otras funciones;
Los diputados argumentaron que la Ministra no podía permanecer en el cargo, ya que a los ministros se les prohibe celebrar contratos con el Estado en el artículo 37 bis inciso segundo:
«Durante el ejercicio de su cargo, los Ministros estarán sujetos a la prohibición de celebrar o caucionar contratos con el Estado (…)» mientras que el inciso primero señala que «A los Ministros les serán aplicables las incompatibilidades establecidas en el inciso primero del artículo 58.»
Este último artículo establece incompatibilidades, las cuales están compuestas de dos elementos. Primero, de una prohibición, y segundo, una sanción.
Como a los ministros se les aplican las mismas incompatibilidades (prohibición más sanción) que a un parlamentario, no queda sino aceptar que la prohibición de celebrar contratos con el Estado que recae sobre un parlamentario se aplica en su integridad a los ministros de Estado.
Y la sanción para la incompatibilidad anterior para parlamentarios, aplicable en su integridad a los ministros, está establecida en el artículo 60 inciso segundo, que señala: «Cesará en el cargo el diputado o senador que durante su ejercicio celebrare o caucionare contratos con el Estado».
Esa sanción es aplicable, sin posibilidad alguna de refutación jurídica, a los ministros que cometen el mismo acto prohibido, por expreso mandato del 37 bis inciso primero.
Como si eso no fuese suficiente, el TC también tenía la otra sanción disponible contemplada en el artículo 7 de la Constitución que consiste en la nulidad de derecho público, sanción que por expreso mandato del 93 N° 13 ya citado le corresponde en este caso conocer en exclusiva al TC, y no a un juzgado civil.
En conclusión, el Tribunal Constitucional ha prevaricado, y se ha producido responsabilidad de los señores ministros que concurrieron con su firma a la resolución en que se excusaron de cumplir con su obligación de resolver el asunto como ordena el artículo 73 inciso segundo, debiendo ser destituidos de sus cargos mediante una Acusación Constitucional en virtud de lo establecido en el artículo 52 N° 2 letra C) que señala:
Son atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados:
2) Declarar si han o no lugar las acusaciones que no menos de diez ni más de veinte de sus miembros formulen en contra de las siguientes personas:
c) De los magistrados de los tribunales superiores de justicia y del Contralor General de la República, por notable abandono de sus deberes.
Y los ministros del Tribunal Constitucional son ministros de un tribunal superior de justicia.
Los diputados del PR, PSC, y PNL tienen ahora en sus manos la posibilidad de hacer cumplir la Constitución acusando constitucionalmente a todos los ministros que prevaricaron y renegados de sus funciones al fallar en expresa contravención a la Constitución que se suponía estaban llamados a hacer respetar.
Intentaré explicar de la forma más didáctica posible cómo el Tribunal Constitucional acaba de transgredir la Constitución en el caso de la Ministra Allende. Les pido la máxima difusión para que esto pueda llegar a los señores diputados.
El hecho
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— Maximiliano Lobos Lacoste ???? (@MaxLobosCL) February 11, 2025